Un paso hacia la igualdad salarial
En el marco de la conmemoración del día internacional de la mujer, el pasado miércoles 10 de marzo, el Senado de la República aprobó de manera unánime reformar distintos lineamientos con el objeto de garantizar la igualdad salarial entre mujeres y hombres. Y es que, de acuerdo con un estudio del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), una mexicana promedio gana 85 pesos por cada 100 pesos que recibe un mexicano promedio. Por su parte, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) señala que México es el quinto país miembro con mayor brecha salarial, después de Corea, Japón, Israel y Finlandia.
Entre los elementos del dictamen que se aprobó, y que fue turnado a la Cámara de Diputados para su revisión y eventual aprobación o modificación, destaca que en la Ley General de Acceso a la Mujer a una Vida Libre de Violencia se incorpora dentro de la definición de “violencia económica” a la percepción de un salario menor por trabajo igual o de igual valor inobservando el principio de proporcionalidad; en tanto, en la definición de “violencia laboral” se incluye a las acciones u omisiones que directa o indirectamente perpetúen la brecha salarial de género, hasta la percepción de un salario menor por trabajo igual o de igual valor.
En la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres se agrega el término de “Brecha de Género”, definido como la diferencia que muestra la distancia existente entre mujeres y hombres respecto a un mismo indicador, el cual permitirá reflejar la brecha respecto a las oportunidades de acceso y control de recursos políticos, económicos, sociales, culturales, abarcando cuestiones como el salario, la ocupación laboral, la participación política, los servicios de salud, la educación, entre otros. Además, se agrega la definición de “igualdad salarial”, que hace referencia a que la remuneración será siempre igual por un trabajo de igual valor, sin distinguir el sexo, el género, la raza, la identidad de género, la orientación sexual, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica.
Para acreditar las prácticas de igualdad de género y no discriminación, las instituciones públicas, privadas y sociales deberán tramitar un Certificado de Igualdad Laboral y No Discriminación de Género. También se aprobó la operación de un Padrón Nacional de Centros de Trabajos Certificados en Igualdad de Género y No Discriminación.
Las personas inspectoras del Trabajo serán las encargadas de vigilar el cumplimiento de las normas relativas a la igualdad salarial entre personas trabajadoras que desempeñen un puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, sin distinción de género. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social recibirá los informes de las personas inspectoras y dará seguimiento de ellos mediante el Sistema Público de Monitoreo de Prácticas Salariales y Normas de Trabajo.
En cuanto a las sanciones, se establecen de 2,500 a 5,000 UMA´s para las empresas que incurran en brechas salariales de género.
La crisis sanitaria y económica por COVID-19 ha afectado en mayor medida a las mujeres. Por un lado, conforme a información de México ¿Cómo vamos?, el 54.4% de las personas que se quedaron sin trabajo en 2020 fueron mujeres. Por otra parte, las mujeres que no perdieron su trabajo tuvieron que dedicar el equivalente a una jornada laboral completa en atender a los hijos, a los cuidados de la casa, el cuidado de enfermos, entre otros trabajos, en tanto los hombres solo destinaron 20 horas a las semanas a las mismas actividades. Por eso es importante que el Senado haya aprobado el conjunto de reformas. Aunque es difícil que por decreto las mujeres y hombres ganen los mismo de un día a otro, se ha dado un paso en la dirección correcta.
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