Todavía puedes solicitar un saldo a favor

CIUDAD DE MÉXICO.- En el caso de contar con un saldo a favor en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), es importante conocer que aún estás a tiempo de realizar el trámite para cobrarlo.
De acuerdo al SAT, este derecho consiste en que, cuando tengas saldo a favor podrás solicitar las devoluciones que te correspondan.

Esto ocurre cuando al efectuar el cálculo de tus impuestos, resulta que pagaste más de lo que debías, por lo que puedes solicitar ante el SAT que te sea devuelta la cantidad.
En este 2022, la fecha límite para realizar el mencionado trámite es el próximo 31 de julio, por lo que quedan pocos días para efectuarlo.
Requisitos para solicitar la devolución tras Declaración Anual del SAT:
- Identificación Oficial
- RFC
- e.firma
- Estado de cuenta bancario
- Información que vas a anexar a tu solicitud
Proceso para solicitar el saldo a favor al SAT
Presencial
- Agendar una cita en el SAT (https://citas.sat.gob.mx/)
- Acudir con la documentación del trámite a las oficinas del SAT y entregarla a la autoridad fiscal.
- Guardar la forma oficial con su respectivo sello como acuse de recibo.
En Línea
- Entrar a la página del SAT (https://www.sat.gob.mx/tramites/24016/solicita-tu-devolucion)
- Entrar a la opción “Devoluciones y compensaciones”, luego en “solicitar devolución” y llenar el formulario correspondiente.
- Enviar los archivos con los documentos necesarios escaneados.
- Firmar y mandar el trámite con la firma electrónica.
- Guardar el acuse de recibo.
- Verificar y darle seguimiento a la solicitud en la sección de “Devoluciones y Compensaciones” en “Consulta tu devolución automática”.
Consideraciones
- Para que proceda la devolución en forma automática de la declaración anual del ejercicio fiscal anterior, debes presentarla a más tardar el día 31 de julio.
- No podrán aplicar la facilidad de solicitar devolución en forma automática cuando:
- Hayan obtenido durante el ejercicio fiscal anterior, ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
- Soliciten la devolución por ejercicios fiscales distintos al año anterior.
- Presenten solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED), previo a la obtención del resultado de la declaración anual.
- Presenten la declaración anual normal o complementaria, del ejercicio fiscal anterior, no habiendo elegido opción de devolución.