Organismos descentra… ¿qué?
Recientemente causó revuelo la iniciativa de reforma legal que preparó el Ejecutivo Federal con el fin de modificar el carácter jurídico de 16 organismos, entre desconcentrados y descentralizados, con la cual, perderán su autonomía técnica y de gestión.
Pero, antes de entrar en materia, precisemos algunos conceptos aquí mencionados. Se habla de organismos descentralizados en la administración pública federal, cuando se trata de aquellos que poseen autonomía técnica, de gestión, patrimonio propios y personalidad jurídica, como es el caso del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) o del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (Inapam), los cuales no responden directamente a la estructura jerárquica del Poder Ejecutivo a través de sus Secretarías de Estado, al contrario, poseen la atribución de definir sus programas, políticas y acciones para cumplir con los objetivos y metas previamente definidas.
Por otro lado, se habla de organismos desconcentrados cuando se refiere a aquellos subordinados jerárquicamente, que responden directamente a las Secretarías de Estado, siendo órganos administrativos con facultades específicas para resolver sobre la materia y dentro del ámbito territorial que se determine. A diferencia de aquellos descentralizados, no cuentan con autonomía técnica, de gestión, ni patrimonio propio, sin embargo, la razón de su existencia, al menos en parte, versa sobre la noción de eficiencia y eficacia en la administración pública, puesto que, al atender asuntos de vital importancia, se requiere de especialización en la materia y, además, de una estructura administrativa más grande. Tal es el caso de la Coordinación General de la Comisión Nacional de Ayuda a Refugiados que se incorporará al Instituto Nacional de Migración, o de la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que se incorporaría a la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Ahora bien, los 8 organismos descentralizados que resultarían afectados por las modificaciones mencionadas son: El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (Inapam), el Consejo Nacional para el Desarrollo e Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis), el Instituto Mexicano de la Juventud (Imjuve), el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC), el Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA).
De forma adicional, la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción será eliminada completamente, sin reubicarla en ningún otro sitio, lo cual resulta importante puesto que se trata del cerebro operador y coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, que se encuentra aún en la fase de integración e implantación de los sistemas locales en cada una de las entidades federativas del país. Eliminarlo supondría un estancamiento en la operación de dicho sistema.
Los 9 organismos desconcentrados que resultarían impactados por la reforma son: La Secretaría General del Consejo Nacional de Población (Conapo), la Coordinación General de la Comisión Nacional de Ayuda a Refugiados, la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguarda, la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, así como el Servicio de Inspección y Certificación de Semillas, la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo, la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes y el Instituto Nacional de la Economía Social.
Si bien la reforma propuesta se encuentra dentro del marco jurídico vigente, resulta sumamente inusual una modificación de esta magnitud, más aún cuando es pensada como un reflejo de las reiteradas manifestaciones realizadas por el titular del Ejecutivo Federal en las conferencias matutinas desde Palacio Nacional, así como de los constantes intentos por robustecer y agrandar (tanto en presupuesto y estructura administrativa, así como en funciones y responsabilidades) al aparato burocrático federal.
En este contexto, cabe preguntarse si la reforma planteada persigue eficientar la operación de los organismos que afecta, o incluso, en el caso de aquellos de carácter desconcentrado, si se pretende dotarlos de mayor capacidad de acción al integrarlos a una estructura “mejor” como lo es el de las secretarías. Sin embargo, también existe la posibilidad de que se perjudique la operación de estos, al suprimir la autonomía técnica que caracteriza a aquellos descentralizados, y se pretenda alinear a rajatabla la política nacional sobre la materia que se trate, como lo es en el caso de la Energética, tema prioritario y vigente en la agenda de gobierno que se ha encontrado con mayores reveses.
*Politólogo – UNAM
Twitter: @Amir_pa_al