¿Mantener o desaparecer a los órganos autónomos?
Después de que el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le negaran a Félix Salgado Macedonio y a Raúl Morón el registro como candidatos a la gubernatura de Guerrero y Michoacán, respectivamente, el presidente López Obrador recordó, en la conferencia mañanera de 29 de abril, que tiene planeada una reforma administrativa que contempla desaparecer a los órganos autónomos, ya que, afirma, “no hacen nada, solo tratan de defender intereses creados y ganan muchísimo”. De acuerdo con AMLO, las funciones que llevan a cabo los órganos autónomos serán trasladadas al poder ejecutivo o judicial.
El cuestionamiento sobre los Órganos Constitucionales Autónomos (OCAs) no es reciente ni exclusivo de López Obrador, sin embargo, gracias al respaldo con el que cuenta el presidente, se ha colocado sobre la mesa un tema que debe ser de interés público.
A partir de la década de 1990 se crearon varios órganos autónomos de rango constitucional, los cuales ejercen funciones relevantes del gobierno. Según Mauricio I. Dussauge (2015), los OCAs son instituciones públicas independientes, que no están subordinadas a ninguno de los tres poderes, y que desarrollan sus actividades con apego a sus propios criterios y sin ajustarse a las prioridades políticas del gobierno en turno.
De acuerdo con la constitución, México cuenta con los siguientes órganos autónomos: el Banco de México, el INE, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la Comisión Federal de Competencia Económica, el Instituto Federal de Telecomunicaciones, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social y la Fiscalía General de la República.
Como se observa, los órganos autónomos han sido establecidos en diversos ámbitos de política pública, por tanto, el panorama que ofrecen no es homogéneo, existen diferencias importantes entre ellos, las relaciones entre ellos y las demás instituciones del gobierno (Ruíz, 2017).
A partir de las advertencias del presidente sobre desaparecer a los órganos autónomos, actualmente estamos preguntándonos ¿cuántos son? ¿qué funciones realizan? ¿cómo han actuado? etc., algo que no había pasado. Una vez que vamos conociendo más sobre los órganos autónomos, ahora sí vale la pena cuestionarnos si deben mantenerse o hay que eliminarlos.
En mi opinión, desaparecer a los órganos autónomos y trasladar sus funciones a dependencias del gobierno, representa un retroceso, ya que serían juez y parte, además de que no cuentan con los recursos humanos y técnicos. Por un momento, imaginemos que desaparece el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y sus funciones son absorbidas por la Secretaría de la Función Pública, ¿acaso esta dependencia podría garantizar el acceso a la información y la protección de datos personales? No. Primero, porque no garantiza la imparcialidad, toda vez que depende del poder ejecutivo; segundo, la SFP no puede proteger datos personales toda vez que su nivel de competencia es la administración federal, no tiene injerencia sobre otros poderes de la Unión, organismos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, y mucho menos el sector privado; y tercero, esta decisión puede contravenir los estándares internacionales en materia de derechos humanos, ya que en ellos se establece la creación de organismos especiales y autónomos.
Este ejercicio de reflexión debería aplicarse para cada órgano autónomo, por una parte, el gobierno federal debe argumentar porqué es necesario desaparecerlos, mientras del otro lado, los órganos deben aportar evidencia sobre la relevancia de sus funciones. A través de este ejercicio de rendición de cuentas, se puede proceder a tomar una decisión: mantenerlos o desaparecerlos. Lo que resultaría absurdo, pero así ocurrió con los fideicomisos, es eliminarlos sin un estudio ni discusión.
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