Avalan Miscelánea Fiscal, diputados discutirán ahora Ley de Derechos y Ley de Ingresos 2022
Agencia Reforma
Cd. de México (20 octubre 2021).- Luego de 30 horas de debate, en tres días consecutivos de sesiones, el dictamen de la miscelánea fiscal fue aprobado en lo particular con 274 votos a favor y 220 en contra.
El bloque mayoritario en la Cámara de Diputados consumó el golpe a las organizaciones de la sociedad civil, al limitar el monto que podrán deducir las personas físicas por donativos que les proporcionen.
En la votación en lo particular de la miscelánea fiscal, quedó en sus términos la redacción de un nuevo régimen de deducción de impuestos para el caso de las organizaciones.
La apuesta de la Oposición es que el coordinador de los senadores de Morena, Ricardo Monreal, acceda a negociar y se pueda eliminar el artículo, ante la negativa que tuvo el coordinador de los diputados, Ignacio Mier.
La redacción aprobada, tras desechar más de 20 reservas sobre el mismo tema, indica que el monto total de las deducciones no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) o del 15 por ciento del total de los ingresos del contribuyente.
Ello implica topes a las deducciones que puedan reducir el monto de donativos y con ello afectar no solo la operación, sino la subsistencia de las organizaciones enfocadas en diversas actividades y servicios a la población, han advertido especialistas y legisladores.
En el afán de rechazar la corrección al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta sobre las OSC, los diputados de Morena y PT llegaron hasta los golpes con los panistas, en el debate de reservas.
Los legisladores fueron intransigentes hasta con la diputada morenista María Clemente García, que planteó una propuesta intermedia que no dañara a las organizaciones pero que atacara los abusos en las deducciones.
Incluso, ante el intento de algunos legisladores de apoyar a la diputada transgénero, en el mismo pleno el coordinador Mier instruyó rechazar la reserva de quien ha luchado contra el VIH con el apoyo de las agrupaciones.
Los diputados discuten ahora la Ley Federal de Derechos y seguirán con la Ley de Ingresos de la Federación 2022.
En contraste, Morena sí cedió en hacer algunas modificaciones en otros temas que la oposición advirtió de excesivas en el paquete de la miscelánea fiscal.
Accedió a modificar la propuesta de obligaba a mayores de 18 años de edad a inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) aun cuando no realizaran actividades económicas.
Durante la discusión de la miscelánea fiscal para 2022, la morenista Lidia García presentó una reserva al artículo 27 del Código Fiscal de la Federación que si bien mantiene la obligatoriedad del registro, elimina la posibilidad de que sean aplicadas sanciones en caso de que éste no se realice.
“Las personas físicas mayores de edad deberán solicitar suscripción al Registro Federal de Contribuyentes, tratándose de personas físicas en actividades económicas. Dicha inscripción se realizará bajo el rubro inscripción de ‘personas físicas sin actividad económica’ conforme al reglamento de este Código, por lo que no adquirirán la obligación de presentar declaraciones o pagar contribuciones”, señalaba el dictamen.
La modificación avalada por el pleno adiciona la frase: “Y tampoco les serán aplicables sanciones incluyendo la prevista en el artículo 80, fracción I, de este Código”.
Al argumentar la propuesta, la diputada de Morena dijo coincidir con el SAT en la necesidad de impulsar la cultura tributaria; no obstante, llamó a sus pares a ser cuidadosos en la manera en la que ésta queda asentada en la ley.
La diputada hidalguense llamó a los legisladores a ser congruentes y, a tono de la oposición, reconoció que el RFC es un mecanismos diseñado de manera específica para contribuyentes.
“Debemos ser cuidadosos de no generar obligaciones a los jóvenes o hacerlos susceptibles de requerimientos innecesarios, debemos ser congruentes y responsables. El Registro Federal de Contribuyentes es específicamente para contribuyentes, las personas que generan ingresos y tienen como responsabilidad el pago de impuestos”, sostuvo.
En su turno, la perredista Elizabeth Pérez recordó que la modificación es lo que la oposición ha demandado en las últimas horas.
“Hemos estado tratando de encontrar de la otra parte de esta soberanía la posibilidad de llegar a acuerdos para no criminalizar, para no hacer terrorismo en contra de nuestras juventudes y por fin encontramos unos oídos que no son sordos”, expresó.
El priista Hiram Hernández reconoció a la mayoría parlamentaria por modificar lo que llamó “una aberración contra la juventud”, pero advirtió que la reforma es una simulación, porque no elimina la obligatoriedad, lo que abre la puerta a que los jóvenes puedan ser víctimas de la fiscalización y la persecución del SAT.
El panista José Elías Lixa aseguró que la modificación frena “el estigma sancionador hacia la juventud”, pero lamentó que ésta sea el resultado de la presión y no de la razón.
El legislador advirtió que inscribir a los jóvenes en el régimen de “personas físicas sin actividad económica” puede tener consecuencias graves, porque es en éste en donde muchas veces están socios de empresas que no tiene utilidades ni otra actividad económica, lo que les limitaría el acceso a estímulos para nuevos contribuyentes.
El pleno de San Lázaro avaló también modificaciones a los artículos 91 y 96 del Código Fiscal de la Federación que establecían como un delito atribuible a contadores públicos el no denunciar probables delitos de contribuyentes.
La reserva presentada por el petista Benjamín Robles señala que no constituirá infracción la omisión de la denuncia tratándose de la clasificación arancelaria de mercancías.
Además, cambia la redacción para establecer que los contadores públicos deberán informar a las autoridades “probables” hechos constitutivos de delitos o de lo contario se le considerará cómplices de los mismos.
La panista Patricia Terrazas advirtió que lejos de resolver el problema, la modificación genera incertidumbre, porque establece que bastará la sospecha para denunciar a los contribuyentes.
“La modificación al artículo 96 propone que cuando un contador público haya tenido conocimiento de un hecho probablemente, ¡probablemente constitutivo de un delito!, de no informarle se considerará encubridor, es decir, ahora tendrá que ser cuando el contador público sospeche, no nada más cuando tenga la certidumbre”, advirtió.
Pese a ello, reconoció que es mejor quitar las sanciones que insistir en una necedad