A propósito de las consultas

@argelrios

El presidente Andrés Manuel López Obrador en su conferencia matutina dio a conocer que un posible juicio a los ex presidentes del país, será viable si la ciudadanía lo solicitaba, cual Poncio Pilatos dijo que para ello era necesario que cerca de 2 millones de ciudadanas y ciudadanos inscritos en la Lista Nominal, firmaran la petición para realizar una consulta popular sobre si se lleva o no a juicio a los ex presidentes.

Sin duda esta es una posición que para nada abona a la legalidad, pues pone de manifiesto que la justicia en su caso, está supeditada a si un grupo de personas decide que se aplique o no.

La ley federal de consulta popular en su artículo 11 dice que no podrán ser sujetos a consulta popular “la restricción de los derechos humanos reconocidos por la Constitución” y una acción penal a expensas de una consulta, resulta en una transgresión a los derechos humanos que el Estado mexicano se obliga a respetar, con base en los tratados internacionales que ha firmado.

Las declaraciones del jefe del Ejecutivo causaron un impacto mediático, en el que las redes sociales se desbordaron pues más allá de la legalidad de dicha convocatoria, el mensaje lleva implícito un simbolismo que llevó a Morena a obtener el triunfo en las pasadas elecciones.

Pero, ¿por qué someter a consulta una acción judicial?

Más allá de subir la palestra mediática la decisión de un pueblo sobre castigar o no a sus gobernantes, es necesario que el objetivo de una consulta no se considere a la ligera y se promueva como una herramienta que tiene la ciudadanía para demandar una mayor transparencia y un correcto ejercicio en la función por parte de los gobernantes.

Sí, es cierto que hay límites sobre lo que se puede o no consultar, pero para hacer que una sociedad se apropie del derecho a la consulta, se debe implementar dice la ley, sobre temas que repercutan en la mayor parte del territorio nacional y que impacten en una parte significativa de la población, lo mismo podría a ser en el ámbito local y además resulta urgente que las instituciones involucradas en los procesos de construcción de ciudadanía promuevan y difundan los derechos que la sociedad tiene.

Por ejemplo, en Oaxaca, a golpe de sentencias por parte de los órganos jurisdiccionales se han realizado diversas consultas en las comunidades que se rigen por su sistema normativo indígena, con base en lo que determina el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, y a pesar de ello, en materia legal a nivel local, fue apenas que en febrero de este año, se aprobó la ley de consutla previa, libre e informada de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas para el Estado de Oaxaca.

De acuerdo a esta ley, se podrá llevar a consulta toda medida legislativa o administrativa susceptible de afectar a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas; todo proceso de desarrollo que el estado pretenda implementar, en la medida en que éste sea susceptible de afectar a las vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas; y cualquier proyecto que pueda afectar las tierras, territorios y otros recursos, el medio ambiente y las formas de organización de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, particularmente, aquellos relacionados con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo.

Pero, existen tres mecanismos que contempla la legislación local, donde es necesaria la intervención del órgano electoral, pero pareciera que fueron creadas para el discurso y no para la acción.

Pues el plebiscito, referéndum y revocación de mandato, demandan requisitos alejados de toda posibilidad, al exigir por lo menos un 20 por ciento de firmas de ciudadanas y ciudadanos inscritos en la lista nominal, que equivaldría a un mayor número de votos de los que llevaron a Alejadro Murat a la gubernatura de la entidad.

No se habla de las consultas al interior de las comunidades como en el caso de las regidas por el derecho consuetudinario, ni revocación de mandato de sus autoridades municipales, que pondría una carga especial a las autoridades electas en los municipios oaxaqueños para el correcto desempeño de su encargo y en consecuencia una mejor rendición de cuentas.

Entonces, por qué vemos en las calles pandémicas de Oaxaca y en las redes sociales, mensajes y acciones de la clase política local, promoviendo un juicio que más allá de lo publicitario, no tiene impacto jurídico.

México está ávido de justicia, pero que no pierdan de vista las y los políticos que lo mediático caduca y el margen de legitimidad en que navegan es vulnerable.

Demanden justicia, reformen la ley, que sancionen a los culpables de tener un México sumido en la miseria, si los encuentran, pero que no vendan espejitos en proceso electoral, porque asumir que la ciudadanía es sumisa, fue lo que llevó al PRI y al PAN a perder lo que hoy añoran.

 

error: Content is protected !!